|
Art.
14.- Todos los
habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las
leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda
industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las
autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio
argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de
usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de
profesar libremente su culto; de enseñar y aprender
Art. 19.- Las acciones
privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral
pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y
exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la
Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo
que ella no prohíbe .
En la República Argentina el actual
Registro de Cultos es "obligatorio" por ley nacional; sin embargo, el no
cumplimiento de este trámite burocrático no conlleva ninguna sanción
para la asociación de la que se trate, y de hecho funcionan
multiplicidad de grupos no registrados
La
dimensión religiosa del hombre es una realidad existencial no
reglamentable por ninguna estructura ajena a la propia experiencia
religiosa; y esto incluye al Estado.
Debo igualmente
recordar que Argentina fue el segundo país del mundo en que se
estableció la libertad de cultos. Esto era un verdadero milagro, pues no
se daban las condiciones de Adam Smith respecto a la multiplicidad de
sectas. Fue así que en función de esa misma sabiduría, Roca se vio
obligado a romper relaciones políticas con Roma en 1884 por la
injerencia del Nuncio en la ley de enseñanza pública y el matrimonio
civil. Sólo en el año 1904 el mismo Roca restableció las relaciones,
pero durante aquel período siguió existiendo libertad de cultos
OTRO
TEMA DE DISCUSIÓN ES LA EDAD EN ARGENTINA LA EDUCACIÓN RELIGIOSA POR LEY
ESTA A CARGO DE LOS PADRES DE LOS MENORES ASÍ QUE SI NO TIENES 21 AÑOS O
ERES MENOR EMANCIPADO NECESITAS DE UNA AUTORIZACIÓN ESCRITA Y FIRMADA
ANTE ESCRIBANO PUBLICO PARA PODER INICIARTE EN LA WICCA
|